Cómo pedir la prestación por maternidad o paternidad online

INFORMACIÓN IMPORTANTE. Si lo que buscas es información sobre cómo solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad o paternidad de hijos nacidos en 2014, 2015, 2016 o 2017 tienes que pinchar aquí

Unos de los trámites que más quebraderos de cabeza te ocasiona cuando acabas de tener un hijo es todo lo que se haga en las oficinas de la Seguridad Social (solicitar la prestación de paternidad o maternidad e inscribir al bebé como beneficiario). Las razones son más que conocidas: es raro tener una oficina de la seguridad social cercana y (especialmente si estás dando lactancia a demanda y no puedes o no quieres dejar al niño solo o andar con autorizaciones) tienes que desplazarte al quinto pino con la descendencia a cuestas a hacer cola al menos una hora y media, además la citar previa para la baja de paternidad o maternidad se están dando para casi un mes vista por lo que si quieres atención rápida tienes que esperar lo suyo. Teniendo en cuenta que estamos hablando de poder cobrar el sueldo y que no son pocos los gastos que se tienen en esos momentos, nadie quiere esperar demasiado. Recordemos, además, que es que si te pasas de 3 meses para solicitarla, encima, te dejan sin prestación.

Para esto la Administración Pública ha creado un portal (Tu Seguridad Social) donde se pueden realizar online los trámites completos de prestación tanto de maternidad como de paternidad y afiliar al niño a la SS como beneficiario de uno de sus progenitores para poder solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud ya de forma oficial (es importante saber que aunque aún no la tengáis, cosa que es lo más normal, os tienen que dar cita con un pediatra de todas formas siempre que el bebé lo necesite y para las primeras revisiones). Hoy os cuento paso a paso cómo podéis tramitarlo.

Cómo pedir la prestación por maternidad online

Cuando empezamos a mover los papeles una semana después del nacimiento de Momotaro en mi empresa tardaron más de lo que esperaba en darme el certificado que acredita las retenciones para poder pedir la prestación. Durante ese impás, estuvimos mirando la posibilidad de hacerlo online y tramitamos primero la de paternidad (ya que Miguel tenía el certificado electrónico en vigor y no necesitaba el de empresa por ser autónomo) y después la de maternidad una vez que tuve certificado de empresa y electrónico (porque a mi se me había caducado y tuve que tramitar desde cero). En la web solo se podían hacer esos trámites desde hacía unos días (comenzó el 7 de marzo de 2016, 5 días después del parto) y nos dio algunos problemas que nos hicieron tener que desplazarnos a la oficina de la Seguridad Social de todas formas, convirtiéndonos en casuales betatesters al tener que responder una encuesta sobre el funcionamiento del servicio y ser acribillados a preguntas en la oficina de la Seguridad Social. Así que para que nuestra «odisea» os sirva de ayuda: vamos con ello.

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1. Solicitar el certificado de empresa.

Como ya os comentaba, si eres autónomo/a no te hace falta este papel ni ningún otro que lo sustituya (la Seguridad Social conoce todos tus secretos) pero sí si trabajas en una empresa privada. Tengo entendido que la empresa puede facilitárselo a la Seguridad Social también vía telemática sin que tú tengas ni que tocarlo. Pero tendrían que ser muy modernos. En caso de que os lo den directamente a vosotros está el tema de si os pueden pasar un escaneo del certificado de empresa por email o necesitáis el original físico. Pues siempre y cuando la web funcione bien basta con el escaneo en .pdf, ya que vosotros solo tendréis que subir ese archivo a la web de la SS. Si, como cuando lo tramité yo, aún no funciona tan bien, necesitaréis llevar el papel a la oficina, es posible que con imprimirlo en casa sea suficiente, pero no os puedo asegurar que no os lo exijan con el sello en tinta.

En mi caso además de este papel el compañero de recursos humanos me dio las últimas nóminas, aunque no me las pidieron en ningún momento, creo que por estar trabajando a media jornada.

2. Solicitar certificado digital.

¿Qué es eso? Pues un papel cuyos datos metes en tu ordenador y quedas acreditado para hacer cualquier papel online desde ese ordenador. No solo vale para hacer este trámite sino para mucho más (en la web de Hacienda o para cambiar de médico online en la web sanitaria madrileña por ejemplo) por lo que, aunque hacerlo es un poco complejo, merece la pena:

Tenemos que entrar en la web de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y rellenar un nuestros datos. Nos mandarán un email con un código. Con ese código podemos ir sin cita previa a cualquier oficina de Tesorería de la SS (al menos en la de Santa Juliana en Madrid nunca hay nadie para este trámite por lo que te lo hacen inmediatamente) donde comprueban nuestra identidad con el DNI y nos dan otro papel. En este vienen todos los pasos que debemos dar en nuestro ordenador para poder instalar el certificado y que cualquier web de la Administración Pública nos reconozca al entrar. En nuestro caso tuvimos que hacerlo con Firefox por temas de actualización del navegador, aunque anteriormente lo habíamos hecho con Internet Explorer. El certificado tiene fecha de caducidad, creo recordar que son 3 años, se puede renovar en la web de FNMT si no se os pasa la fecha más de 60 días, si se os pasa (como a mi) o formateáis el ordenador necesitaréis tramitar uno nuevo.

A lo mejor os estáis preguntando por qué si tenéis que ir a la Seguridad Social a por el certificado electrónico no tramitáis la prestación en la misma visita. Y es que todo siempre puede ser un poco más difícil. En Madrid, al menos, existen dos tipos de oficinas: las de Tesorería y los CAISS (Centros de Atención e Información de la SS), y cada trámite se hace en uno diferente. Por suerte en Tesorería no nos hizo falta cita previa.

3. Darnos de alta en el programa cl@ve

Como la administración es así de complicada, aunque lo suyo es que la web de trámite de la Seguridad Social funcionara directamente con el certificado electrónico, como lo hacen muchas otras, lo hace con otro sistema de identificación llamado cl@ve que a su vez te pide certificado electrónico para poder darte de alta. Esto es un paso intermedio absurdo que espero que corrijan algún día. Darse de alta es muy fácil y solo tardaréis unos minutos. Nuestro usuario es nuestro DNI y la contraseña la que nosotros indiquemos.

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4. Acceder a la web de trámites de la Seguridad Social

Por fin estamos en la web desde la que vamos a tramitar las prestaciones y a la que han puesto el precioso nombre de «Tu Seguridad Social». Accedemos con el DNI y nuestra contraseña cl@ve. En la página principal podemos ver la información que la SS tiene de nosotros (años cotizados, si hemos sido papás recientemente y si tenemos asistencia sanitaria). En el segundo bloque tenemos un acceso directo a la solicitud de la prestación y una simulación para ver cuánto nos corresponde, y en el tercero podemos añadir un beneficiario de asistencia sanitaria (nuestro hijo/a).

La última opción es muy sencilla. Solo tenemos que pinchar, añadir los datos del bebé y descargar un certificado que una vez impreso nos vale para tramitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud (desconozco si se puede hacer online, porque como últimamente nos pasamos todo el día en el centro de salud, entre revisiones pediátricas y talleres de lactancia nos resultó más fácil hacerlo allí).

En el caso de la prestación nos van a ir saliendo varios campos que tendremos que pinchar y rellenar con la información necesaria como fecha de nacimiento del niño, si tenemos uno o varios, si queremos que nos pongan un porcentaje de irpf determinado, así como adjuntar el certificado de empresa. ¡¡¡Ojo!!!! en cada uno de los desplegables no solo basta con elegir la opción y cerrar la ventana, tenemos que darle al botón de añadir o adjuntar o si no no nos grabará la información.

Si al subir el .pdf del certificado no le damos al botón os puede pasar como a mi que en la página final me aparecía como no adjuntado y por más que volví atrás y lo rectifiqué me acabaron confirmando que no lo habían recibido y el problema entonces es que no puedes volver a tramitar, ni mandarlo por email. Vamos que te toca mandarlo por correo físico (cualquiera se arriesga) o llevarlo físicamente y entonces sí que todo el lío de hacerlo por Internet no habrá servido para nada.

5. Si aún así no os sube el archivo y os toca ir a llevarlo.

Si tenéis la misma mala suerte que yo (y espero que ya que me preguntaron hayan mejorado el sistema) de que no os suba el archivo pero se tramite la solicitud a falta de documentación, tenéis que llevarla a una oficina de la Seguridad Social en un máximo de 10 días naturales. En la web, en el apartado «avisos» al que tendréis que acceder con una clave que os mandan al móvil (más privacidad imposible) constará el papel que os falta. La propia web te indica que pidas cita previa para llevarlo, pero es muy posible que no te la den en ese plazo así que te tendrás que presentar allí sin ella y comentarle al recepcionista lo que te ha pasado. En mi caso el buen hombre no sabía ni de la existencia de la web y me mandó a esperar una hora y media para trámite de «subsidios». Cuando me llamaron la chica que lo tramitaba me confirmó que les había llegado mi solicitud en el mismo momento que la pasé por Internet y que «estaban esperándome» (supongo que me esperaban en todas las oficinas de la SS de Madrid porque ¿cómo sabían a cuál iba a ir?) A lo mejor si en recepción insistís en que solo tenéis que adjuntar un papel y que os están esperando podéis hacerlo más rápido. Eso sí, que os den un papel firmado que confirme que habéis presentado el documento que faltaba para que no hay ningún problema luego.

6. Comprobar el trámite.

Una vez que la SS tiene todo en orden en la web de tu SS te pondrá que se está tramitando la solicitud, y una vez concedida te aparecerá que la estás recibiendo como a mi. De todas formas os mandarán una carta a casa con la confirmación de lo que os corresponde de prestación y cuándo se empieza a cobrar.

¿Merece la pena tramitar la prestación de maternidad online?

Pues depende. Obviamente si ya tienes el certificado electrónico previamente y el de empresa (o eres autónomo) sí. Entre otras cosas porque lo puedes hacer en fin de semana o a las cinco de la madrigada (hora habitual de asueto de los papás y mamás) y sin tener que desplazarte. Si tienes que pedir el certificado electrónico también, todo depende de las ganas que tengas para seguir intentando cualquier trámite telemático, y aproveches para tenerlo ya en el ordenador.

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✅Cómo pedir la prestación por maternidad o paternidad online
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Cómo realizar online los trámites de la Seguridad Social después del parto. Prestación de maternidad y paternidad, afiliación del niño... Pincha aquí
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25 Respuestas

  1. Ana dice:

    Menos mal que leí tu entrada antes de ir a la oficina de atención del INSS!!! Fui sin cita previa para solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo, y me dijeron que sin cita no me lo podían tramitar. Pero gracias a que leí tu entrada la noche de antes sabía que para hacer el trámite online necesitaba una clave que tenía que solicitar en persona… así que por lo menos esa gestión sí la pude hacer y no hice el viaje en balde!! Finalmente presenté la solicitud online y así ya tengo la clave para cuando tenga que hacer la solicitud del permiso de maternidad!
    Muchas gracias por la info!

    • Sand dice:

      Hola, Ana. Gracias pero no creo que tenga mucho mérito. Por lo que veo ha cambiado bastante el trámite. Me da la sensación de que no has necesitado pedir el certificado digital (aunque ahora es mucho más facil porque para hacerlo puedes personarte en más oficinas que antes) para obtener el pin de usuario del servicio cl@ve. Por otro lado hace poco yo lo necesité para presentar el borrador de la declaración de la renta y pude obtener un pin de cl@ve válido para ese único trámite directamente online a través de la web de cl@ve y sin tener que ir personalmente. Así que si te dieron uno presencial o es otra cosa o no es totalmente necesario que te persones allí. Por otro, lado la prestación para riesgo furante el embarazo suele tramitarse a través de la mutua de la empresa a no ser que trabajes para un organismo público así que es muy probable que no se tramite igual que la de maternidad que es general. Gracias por contar tu experiencia de todas formas.

  2. Marcos dice:

    Una vergüenza de página. Hasta que no lo tramitas obviamente no te pagan, aunque lo mismo tardas un mes en que te den cita, se la pela si no puedes permitirte el lujo de estar más de un mes sin cobrar. En la web tienes que adjuntar pdf’s de la solicitud, certificado de empresa y libro de familia pero no puedes pasar de 5mb aunque solo la solicitud, ya comprimida, pesa casi eso. No cogen ni una llamada y en la oficina el tema es ajo y agua. Asco de S.S.

    • Sand dice:

      ¡Qué pena y qué vergüenza que más de dos años después siga funcionando mal! A nosotros nos mandaron una encuesta para que diéramos nuestra opinión sobre la versión beta y la das con toda la buena intención de que realmente sirva para allanar el camino a los demás.

  3. Silvia dice:

    Hola, ¿Recuerdas cuanto tiempo pasó desde que te decía que la solicitud está en trámite hasta que aparece como concedida?
    Muchas gracias

    • Sand dice:

      Pues la verdad es que no me acuerdo. Pero cuéntanoslo cuando te apatezca y así auudamos a más gente en esa situación. 😉

    • Cat B dice:

      Hola. Yo tenía la misma pregunta. Hice la solicitud online hace una semana. Supongo que me llegará confirmación de alguna forma – email, mensaje, carta…?

      • Sand dice:

        Creo recordar que a mi me mandaban un mensaje (no me acuerdo si sms o email) indicando que había habido un cambio en el estado de mi solicitud. Pero hasta que no entraba en la web no se sabía exactamente qué cambio era.

  4. sara dice:

    Hola!! Mil gracias por tu post. Yo estoy apuntito de caramelo, pero me imagino que todos estos tramites no puedes empezarlos hasta que no hayas dado a luz verdad?
    Podría gestionar yo con mi certificado la baja de mi pareja?
    Gracias de nuevo!

    • Sand dice:

      Hola, Sara. Gracias abti por leernos. Nosotros no pudimos. Cada uno tuvo que hacerlo con su certificado. De hecho, yo tenía el mío caducado y tuve que renovarlo.

  5. Gio dice:

    Hola .como puedo enterarme desde Irlanda, si me corresponde la baja por maternidad de España? Hay un correo electrónico para poder contactar con ellos? Gracias

  6. Monica dice:

    hola,
    gracias por tu entrada, me ha sido de gran ayuda! Solo tuve que pedir el certificado digital en Agencia Tributaria y con el certificado he conseguido la cl@ve y pude pedir la prestación online, estoy pendiente de la confirmación. Si no, me habían dado cita para el 21 de enero!

    • Sand dice:

      Genial!! me alegro mucho de que os siga resultando útil. Compartir esta información es la razón por la que decidí a poner en marcha el blog. Gracias, por comentar, es lo que me anima a seguir publicando. Un abrazo.

  7. Monica dice:

    Por cierto, tú hijo se llama Momotaro? 😉

    • Sand dice:

      No. Es un pseudónimo basado en un antiguo cuento japonés. De pequeño le empezamos a llamar así porque miraba de lado muy serio y decíamos que ponía la «mirada del niño samurái».

      • Monica dice:

        Ya me imaginaba… Soy fan de la cultura y lengua japonesa.
        Ha pasado ya una semana desde que pedí online la prestación por maternidad y todavía no me ha llegado ninguna notificación. Es normal que tarden tanto?

        • Sand dice:

          Perdona la tardanza en contestar. El sistema no me avisó de tu respuesta. Pues no sé qué decirte, porque yo por problemas para subir el certificado de empresa tuve que acabar yendo físicamente a la seguridad social. Puedes entrar en el portal de Tu Seguridad Social y ver si ya sale aprobada.

          • Monica dice:

            Mi hija nació el 21 de diciembre, solicité la prestación online el 3 de enero, el 11-12 de enero me avisaron por la web y el 20 de enero me pagaron la parte proporcional para diciembre.

          • Sand dice:

            Gracias por la aportación, Mónica!!

  8. Monica dice:

    perdón, el 11 de enero me avisaron…

  9. Mariana dice:

    Hola,
    ¿Saben cómo puede iniciarse el tramite de la baja por maternidad en estos tiempo de COVID19? O en que pagina puedo encontrar esta información? Gracias!

  1. 23 marzo, 2018

    […] hablar de mis cosas si no les veo una clara utilidad (recuperé el blog para ayudar a los demás a tramitar online una prestación por maternidad que a mí se me resistió bastante) y muchas veces no me siento identificada con los […]

  2. 4 enero, 2019

    […] (nosotros lo hemos hecho con el navegador) y si no lo estáis tenéis una link para hacerlo. En 2016 ya os contamos cómo daros de alta (en aquel momento hacía falta el certificado digital para hacerlo creo que ahora por fin han […]

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